El proceso de revisión constitucional de la Ley Número 6 de 2023 sobre Creación de Empleo en el Tribunal Constitucional (MK) ha entrado en una fase crucial. El Comité de Defensores de los Derechos Constitucionales (KEPAL) ha finalizado oficialmente sus argumentos legales, subrayando que el capítulo agrario de dicha regulación contiene vicios de inconstitucionalidad que amenazan los derechos fundamentales de la sociedad sobre la tierra.

El foco principal está puesto en la existencia del Banco de Tierras y el esquema del Derecho de Gestión (HPL). Los activistas consideran que esta institución ya no se basa en el espíritu de la reforma agraria, sino que se ha transformado en un instrumento legal para que las corporaciones controlen las tierras comunitarias. La declaración de un experto gubernamental en el juicio, quien afirmó que el Banco de Tierras opera con orientación al lucro, ha reforzado aún más la preocupación pública sobre un evidente conflicto de intereses.

Dewi Kartika, Secretaria General del Consorcio para la Reforma Agraria (KPA), destacó el retorno de un paradigma colonial mediante la interpretación del Derecho de Control del Estado (HMN). Según ella, el mecanismo aplicado por el Banco de Tierras tiende a degradar el derecho de propiedad de la comunidad a un mero derecho de uso vulnerable a desahucios, lo que en última instancia genera incertidumbre jurídica a nivel local.

Además, la ampliación del significado de 'interés público' en los Proyectos Estratégicos Nacionales (PSN) ha sido criticada por ser una rendija que facilita el despojo de los espacios de vida del pueblo en aras de ambiciones de inversión. Los expertos advierten que, si se mantiene esta regulación, la soberanía alimentaria nacional se verá amenazada, ya que los agricultores, pescadores y comunidades indígenas quedarán cada vez más marginados del acceso a sus propias tierras y recursos hídricos.

Ahora, el público espera una postura firme por parte de los magistrados constitucionales en la Reunión de Deliberación de los Jueces (RPH). Se espera que la próxima sentencia pueda restaurar el espíritu del Artículo 33 de la Constitución de 1945, según el cual la tierra debe ser un activo para el bienestar del pueblo y no una mercancía comercial que legitime los desalojos en nombre del Estado.