Indonesia, con la mayor población musulmana del mundo, se enfrenta a un dilema agudo en la organización del Hajj (la peregrinación). Aunque el interés y la capacidad financiera de la sociedad para cumplir con el quinto pilar del Islam siguen aumentando, la limitada capacidad de las cuotas genera una cola de espera para la salida que se extiende por décadas. Este fenómeno ya no es solo un obstáculo administrativo, sino que se ha trasladado al ámbito de los debates del fiqh contemporáneo, la gestión de fondos públicos y la política jurídica de la economía islámica.

Con respecto a los datos operativos, la cuota de Hajj actual de Indonesia alcanza los 241,000 peregrinos, divididos en 221,720 peregrinos regulares y 19,280 peregrinos especiales. A pesar de ser la cuota más grande del mundo, esta cifra está lejos de ser suficiente para albergar a los aproximadamente 5.7 millones de futuros peregrinos en la lista de espera nacional. Como resultado de este desequilibrio estructural, el tiempo de espera para la salida en varias regiones oscila ahora entre 11 y más de 40 años.

Para asegurar una plaza en el Sistema Informatizado Integrado del Hajj (SISKOHAT), los futuros peregrinos deben realizar un depósito inicial de 25 millones de IDR. Como referencia del costo real, se proyecta que el Costo Promedio de Organización de la Peregrinación del Hajj (BPIH) para 2026 alcance los 87.4 millones de IDR por persona. De esta cantidad, los peregrinos pagan aproximadamente 54.1 millones de IDR, mientras que el resto se subsidia a través del valor de rendimiento de los fondos administrados por la Agencia de Gestión Financiera del Hajj (BPKH), que a finales de 2025 superó los 180.72 billones de IDR.

En medio de este vasto ecosistema financiero, han surgido duras críticas por parte de académicos y eruditos del fiqh, entre ellos KH. M. Shiddiq Al-Jawi. El académico cuestiona la legitimidad de los contratos de financiamiento del Hajj que combinan instrumentos de qardh (préstamo) e ijarah (servicio) para facilitar el depósito inicial. Se considera que esta estructura legal es problemática porque conduce a la combinación de dos contratos vinculantes (shafqatain fi shafqah) con fines de lucro comercial, lo cual contradice los principios básicos de la Sharia.

Las críticas también apuntan a la redefinición del concepto de istitha'ah (capacidad) en la implementación del Hajj moderno. Desde una perspectiva estricta de la Sharia, la obligación del Hajj solo recae en personas que son verdaderamente capaces financieramente sin depender de deudas. Por lo tanto, el uso de facilidades de financiamiento bancario solo para asegurar un número en la cola no se considera que satisfaga automáticamente el verdadero límite de la istitha'ah.

Desde la perspectiva de la política jurídica, los fondos del Hajj administrados por el Estado sirven ahora como un pilar vital de liquidez para la industria bancaria islámica nacional tras la promulgación de la Ley de Banca Islámica No. 21 de 2008. Las críticas a la Fatwa DSN-MUI No. 29/2002 recuerdan que las fetuas religiosas no deben ser simplemente un sello legal para facilitar los intereses de la industria financiera. Las políticas públicas y la gestión de los fondos de la comunidad deben basarse siempre en la pureza sustantiva de los contratos de la Sharia, y no en un mero etiquetado formal.